
Puja por la Justicia
En una dura resolución, la Corte Suprema anuló el fallo del juez de Paraná que quiso ayudar a Cristina Kirchner y lo llamó ignorante
Para el máximo tribunal, la decisión del juez Daniel Alonso “representa un alzamiento inadmisible” contra una decisión de la Corte.

La Corte Suprema emitió este lunes un durísimo fallo contra la resolución del juez de Paraná que frenó el nombramiento de miembros del Congreso en el Consejo de la Magistratura.
El máximo tribunal calificó de “alzamiento inadmisible” la disposición del juez federal de Paraná, Daniel Alonso, que reabrió su juzgado en Pascuas para emitir un fallo en sintonía con el Gobierno.
De esta forma, el cuerpo que preside Horacio Rosatti anuló la medida con la que Alonso había tratado de detener el cumplimiento del fallo de la misma Corte sobre el Consejo, ordenándole al Congreso que no designe a sus dos nuevos representantes.
“Lo allí decidido representa un alzamiento inadmisible contra la sentencia dictada por esta Corte”, dice el fallo que lleva las firmas de Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz.
Este domingo, un día antes del fallo de la Corte que puso en marcha el nuevo Consejo y ordenó que funcione de inmediato, Alonso había abierto sorpresivamente su juzgado para rechazar la apelación del fiscal contra su decisión de impedirle al Congreso que envíe a sus representantes a la Magistratura. Fue otro intento desesperado del kirchnerismo con un magistrado afín para resistir los cambios en el organismo.
Por un amparo que presentó el diputado K Marcelo Casaretto y aceptó el juez Alonso, la vicepresidenta Cristina Kirchner y el titular de Diputados, Sergio Massa, quedaron habilitados a demorar el nombramiento de los representantes del Congreso en la Magistratura: son un legislador del PRO y otro de la UCR.
“Este Tribunal no puede dejar de advertir que el magistrado actuante -con una notoria ignorancia del derecho vigente y de los precedentes de este Tribunal- ha dado trámite a una acción promovida por quien manifiestamente carece de legitimación activa tanto en su carácter de ciudadano”, dice el fallo de la Corte de este lunes.